Luz verde al reglamento de la Denominación de Origen Protegida Arlanza y de su Consejo Regulador

La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural ha aprobado el reglamento de la Denominación de Origen Protegida Arlanza y de su Consejo Regulador, según recoge en su edición del 29 de noviembre el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl). Según recoge la resolución, la protección se extiende a todas las fases, desde la producción hasta la comercialización, la presentación, la publicidad, el etiquetado y los documentos comerciales de los vinos amparados.

Los operadores titulares de inscripciones en los Registros del Consejo Regulador sólo podrán realizar las prácticas de cultivo y de elaboración, almacenamiento, envejecimiento, embotellado y etiquetado de vinos destinados a la Denominación de Origen Arlanza, en los viñedos, bodegas e instalaciones inscritos. En caso contrario, los productos resultantes no adquirirán o, de tenerlo adquirido, perderán el derecho a la utilización de la mención Denominación de Origen Arlanza.

Antes de su puesta en circulación las etiquetas que vayan a utilizarse en los vinos amparados por la Denominación de Origen Arlanza deberán ser presentadas al Consejo Regulador. Asimismo, los operadores deberán informar de cualquier cambio sustancial que afecte a una etiqueta ya presentada al Consejo Regulador con anterioridad, de cualquier cambio de las circunstancias del operador a las que se aludía en la etiqueta y de la utilización de la misma marca comercial en vinos amparados y no amparados por la Do. El Consejo Regulador deberá establecer qué tipo de cambios se consideran sustanciales.

Los operadores, en todas y cada una de las fases de producción, elaboración y distribución, deberán establecer un sistema documentado de autocontrol de las operaciones del proceso productivo que se realice bajo su responsabilidad, con el fin de asegurar el cumplimiento de lo establecido en el Pliego de condiciones de la Denominación de Origen Arlanza. Los operadores deberán conservar la documentación referida al autocontrol durante un periodo mínimo de cinco años, pudiendo ampliarse este plazo cuando sea necesario en función de la vida útil del producto.

La denominación de Origen Arlanza, en las provincias de Burgos y Palencia, nació en el año 2007, aunque la tradición vitivinícola en la comarca del Arlanza se remonta al siglo X, del que se conservan reseñas históricas de la existencia de viñedos en manos de los monasterios, recoge la propia DO en su página web.

Entradas relacionadas

Deja un comentario